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¡Las descargas ilegales en internet vs el derecho a la vida privada!

¿Qué será más importante el derecho a la vida privada o los derechos de autor?

Debido a la la tensión existente entre el respeto al derecho a la vida privada y la salvaguarda al derecho de autor, el Consejo Constitucional francés fue convocado con el fin de que resolviera una demanda de constitucionalidad de los últimos incisos del artículo 331-21 del Código de propiedad intelectual francés que regula la facultad para los agentes de la “HADOPI” (Haute Autorité pour la diffusion des œuvres et la protection des droits sur Internet) de obtener de los operadores de comunicaciones electrónicas datos personales del suscriptor que permite descargas ilegales en internet .

 

Lo anterior, claramente desconoce el derecho a la vida privada, la protección de los datos personales, la inviolabilidad de la correspondencia. En este punto, es bueno recordar que en dicho país, el titular que tiene acceso a los servicios de comunicación en línea debe velar por que la utilización de su conexión no permita la realización de descargas ilegales contrarias al derecho de autor.

 

 

Cuando esa obligación no es satisfecha, la autoridad competente es invocada con el fin de que adopte las medidas correctivas. Así, procede al envío de una serie de comunicaciones recordando y exigiendo el cumplimiento de la obligación legal e indica las sanciones que generan su desconocimiento.

 

Por ejemplo, en este caso HADOPI podría requerir a Orange, prestador de servicios de internet francés, datos personales del inscrito sin necesidad de recurrir al juez. El Consejo Constitucional francés consideró que este derecho era contrario a la Constitución porque no estaba sujeto a límites o medidas compatibles con el derecho al respeto a la vida privada .

 

En consecuencia, en el caso de los franceses, la disputa entre el derecho de autor y el respeto a la vida privada fue resuelta en favor del segundo.

 

Lo anterior debido a que “Internet es un componente de la libertad de expresión y de consumo” y, así las cosas, su restricción por parte de la autoridad administrativa podía conducir a vulnerar este derecho .

 

A diferencia de Francia, Colombia ha concedido a las autoridades administrativas la facultad de ejercer funciones jurisdiccionales en materias precisas. En lo que concierne al derecho de autor la autoridad administrativa competente para conocer de las infracciones es la Dirección Nacional del Derecho de Autor (DNDA), en ese escenario, las vulneraciones que acaecen en el entorno digital también se someterán a su estudio.

 

La excepción a dicha regla está compuesta por los litigios relacionados con la configuración de delitos que vulneren los derechos de autor y la instrucción de sumarios que tuvieran como efecto la privación de la libertad. En estos casos la competencia se reserva únicamente a los jueces de la república .

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